Educación ambiental jurídica desde la universidad a la comunidad

Legal environmental education from the university to the community

Recibido: 18/09/2023 | Aceptado: 09/11/2023 | Publicado: 19/11/2023

M. Sc. Cecilia Margarita Díaz Mullings 1*

Dr. C. Ana Gloria Rubié Cabrera 2

Dr. C. Rafael Bosque Suárez 3

 

1* Profesor Auxiliar. Universidad de Ciencias Pedagógicas Enrique José Varona. CEEA-GEA. Cuba. ceciliamargaritadiaz816@gmail.com.   ID ORCID: https://orcid.org/0000-0001-7224-5275

1* Profesor Titular. Universidad de Ciencias Pedagógicas Enrique José Varona. CEEA-GEA. Cuba. ceciliamargaritadiaz816@gmail.com.   ID ORCID: https://orcid.org/0000-0002-6697-3169

1* Profesor Titular. Universidad de Ciencias Pedagógicas Enrique José Varona. CEEA-GEA. Cuba. ceciliamargaritadiaz816@gmail.com.   ID ORCID:  https://orcid.org/0000-0002-1676-270X

 


Resumen:

La educación ambiental jurídica en las comunidades constituye un instrumento para lograr la organización de todos los factores a fin de representar los intereses de los pobladores y que estos adquieran mayor poder y control sobre los demás componentes del medio ambiente. Empodera a los actores sociales, entre los que juegan un papel determinante los promotores ambientales, en tanto, con la comprensión de la ley, ofrecen conocimientos, hábitos, habilidades, valores, actitudes y modos de actuación para la educación de la personalidad del ciudadano a fin de hacerlo responsable en la toma de decisiones frente a los problemas ambientales, en tal sentido, se propone un conjunto de acciones desde la formación del profesional de la educación primaria, devenido promotor ambiental, para incentivar el empleo de la legislación ambiental en las comunidades. Tiene como objetivo: proponer una estrategia pedagógica que favorezca la educación ambiental jurídica desde la universidad a la comunidad, esta se implementa mediante la Red de Promotores Ambientales por la Vida (RPAV), en la formación del profesional de la educación primaria, considerando el marco legal ambiental de Cuba y la función extensionista de la universidad. La estrategia transita desde la sistematización de los referentes teóricos y el diagnóstico comunitario, hasta el diseño de la propuesta para su puesta en práctica. La validez teórica y práctica de las acciones se demostró a partir de la consulta a especialistas y su introducción en la práctica pedagógica.

Palabras clave: legislación ambiental, participación, formación profesional, promotor ambiental.

Abstract:

Legal environmental education in communities constitutes an instrument to achieve the organization of all factors in order to represent the interests of the residents and for them to acquire greater power and control over the other components of the environment. It empowers social actors, among whom environmental promoters play a determining role, while, with the understanding of the law, they offer knowledge, habits, skills, values, attitudes and modes of action for the education of the citizen's personality to In order to make them responsible in making decisions regarding environmental problems, in this sense, a set of actions is proposed from the training of primary education professionals, who become environmental promoters, to encourage the use of environmental legislation in communities. . Its objective: to propose a pedagogical strategy that favors legal environmental education from the university to the community, this is implemented through the Network of Environmental Promoters for Life (RPAV), in the training of primary education professionals, considering the framework environmental law of Cuba and the extension function of the university. The strategy goes from the systematization of the theoretical references and the community diagnosis, to the design of the proposal for its implementation. The theoretical and practical validity of the actions was demonstrated through consultation with specialists and their introduction into pedagogical practice.

Keywords: environmental legislation, participation, professional formation, environmental promoter.


 

 

Introducción

 

La educación ambiental jurídica en la formación de los estudiantes de la carrera Licenciatura en Educación Primaria resulta de gran importancia al ofrecer conocimientos normativos para la comprensión de los deberes y obligaciones de cada ciudadano ante el cuidado, preservación, protección y manejo adecuado de los recursos naturales; así como el análisis de los problemas ambientales a partir de documentos legales vigentes en el país, que ponderan la responsabilidad individual y colectiva. Como maestros primarios promueven procesos de aprendizajes y acciones, que permiten el progreso de una labor pedagógica, conducen la formación de valores, propios de una cultura de respeto ambiental y de responsabilidad ciudadana, tal como se aspira con la Agenda 2030 y el Plan de Estado para el enfrentamiento al cambio climático (Tarea Vida); por lo que se declaran promotores ambientales, portadores de estos saberes para liderar, desde la universidad a la comunidad.

El siglo XXI se caracteriza por la complejidad de la realidad del mundo, que obliga a ofrecer conocimientos integrados, aplicados a situaciones y contextos reales. Además, contempla eventos naturales complejos y políticas neoliberales encauzadas a socavar la soberanía mundial.

De esta manera se pone en riesgo el esfuerzo desplegado en materia ambiental, así como el cumplimiento de normas y acuerdos internacionales orientados a mitigar o solucionar los problemas ambientales provocados en gran medida por los seres humanos.

La legislación ambiental a veces se desconoce y por consiguiente, no se aplica de ahí la necesidad de la implementación de acciones, desde la universidad, lideradas por estudiantes en formación, que a su vez son promotores ambientales, los que comparten saberes y promueven el aprendizaje, la sensibilización y la movilización desde las instituciones educativas, donde se desempeñan,  a la  comunidad, a fin de lograr una actuación positiva y los necesarios cambios en el pensar y actuar de los residentes ante la educación ambiental jurídica.

El presente artículo tiene como objetivo proponer una estrategia pedagógica que favorezca la educación ambiental jurídica desde la universidad a la comunidad. Esta se implementa mediante la Red de Promotores Ambientales por la Vida (RPAV), en la formación del profesional de la educación primaria, considerando el marco legal ambiental de Cuba y la función extensionista de la universidad

 

Materiales y métodos

 

Se asume el método dialéctico-materialista que conllevó a un análisis de las concepciones filosóficas sobre la educación ambiental jurídica desde la universidad, así como sintetizar la información en busca de seleccionar los aspectos significativos para el logro del objetivo. La utilización del método histórico-lógico permite establecer la relación entre el desenvolvimiento lógico del pensamiento y el contexto histórico del proceso de investigación.

Los materiales utilizados están ligados a las diferentes normas jurídicas y resoluciones que sustentan la educación ambiental tanto nacional como internacional.

Resultados y discusión

 

El proceso de educación ambiental, es necesario en la sostenibilidad de las comunidades, como lo concibe la Agenda 2030, en todos los objetivos de desarrollo sostenible, en especial el número cuatro “Garantizar una educación inclusiva, equitativa y de calidad y promover oportunidades de aprendizaje durante toda la vida para todos” (UNESCO, 2015, p. 5).

En la Conferencia Mundial de Naciones Unidas sobre Medio Ambiente Humano en 1972, se emitió la Declaración de Estocolmo. En ella se prescriben 26 principios que rigen la necesidad de preservar los recursos naturales, evitar la contaminación ambiental, investigar y desarrollar temáticas relacionadas con los problemas ambientales; en beneficio de las generaciones actuales y futuras.   

Cuba no está ajena a estos propósitos, pues de manera sistemática propicia el desarrollo de instrumentos legales que reflejan la preocupación del deterioro del medio ambiente.  De ahí que desde la Constitución de la República de Cuba se refiere en el artículo 75 que: “Todas las personas tienen derecho a disfrutar de un medio ambiente sano y equilibrado. El estado protege el medio ambiente y los recursos naturales del país…” (Asamblea Nacional del Poder Popular, 2019, p. 6).

También se producen cambios en las normas jurídicas que hacen referencia especial a los temas ambientales. En el año 2022 se aprueba la Ley del Sistema de los Recursos Naturales y el Medio Ambiente (SRNMA), que actualiza el marco institucional para la prevención y uso racional de los recursos naturales; así como su contribución al desarrollo de una cultura ambiental. La actual Ley deroga a la Ley No.81 del Medio Ambiente de 1997.

En este sentido, resulta necesario educar a las nuevas generaciones en la prevención y protección de los recursos naturales, a partir del marco legislativo ambiental. El sector educacional posibilita desde sus planes de estudios promover y actualizar conocimientos encaminados a las buenas prácticas en el manejo y uso responsable de los recursos naturales. De ahí la necesidad de incorporar desde la formación el conocimiento de los derechos, deberes y responsabilidades con el medio ambiente desde lo legislado en Cuba.

En 1998 es aprobada por el Ministerio de Educación Superior (MES), la Estrategia Nacional de Educación Ambiental para las universidades, la cual consideró la incorporación de la dimensión ambiental y temas ambientales a través de los componentes académico, laboral e investigativo, aprovechando las potencialidades que brinda a este fin lo curricular, lo extracurricular y lo extraescolar.  Esta Estrategia Ambiental (MES), ha transitado por diferentes periodos de actualización (2017-2021), se corroboró que no se estima una relevancia a lo jurídico, ni su integración en la totalidad de los temas ambientales desde la formación inicial en el plano pedagógico.

Por lo que la Universidad es la institución que debe tener el mayor impacto desde el punto de vista social, donde no sólo se presenta el compromiso de formar buenos profesionales, sino también, personas sensibles a los problemas que enfrenta la sociedad, ligadas al desarrollo sostenible, a la promoción de valores y principios (Pérez de Villa, et al, 2019).

Lo anterior, conlleva a que los estudiantes en formación, como promotores ambientales, se preocupen por, generar propuestas que conlleven a educar en función de lo que está estatuido para minimizar los problemas de las comunidades donde interactúan, por el riesgo que implican para el bienestar de los pobladores y con ello “Lograr que las ciudades y los asentamientos humanos sean inclusivos, seguros, resiliente y sostenibles” (UNESCO, 2015, p. 12).

En este sentido, una de las metas básicas contenidas en diez de los diecisiete Objetivos de Desarrollo Sostenible, y para su materialización se requiere de un trabajo integrado, que no puede ser concebido sin la debida contextualización, de modo que se asuma el conocimiento de la educación ambiental jurídica en la concientización de los involucrados en el proceso.

Desde el Modelo del Profesional concertado por el Ministerio de Educación Superior (MES), se explicita que en la formación de los profesionales de nivel superior se concreta en una sólida formación científico-técnica, humanística y de altos valores ideológicos, políticos y estéticos, con el fin de lograr profesionales revolucionarios que puedan desempeñarse en los diversos sectores de la sociedad. (MES, 2022)

Constituye una demanda del país la necesidad de implementar acciones para el conocimiento de la estrategia jurídica desde el proceso de formación de los estudiantes, multiplicar la ciencia desde la universidad a la comunidad y preparar a estos para las exigencias del Tercer Perfeccionamiento del Sistema Nacional de Educación.

La educación ambiental, en los niveles educativos parte de esquemas interdisciplinarios y de la transversalidad. Se orienta hacia soluciones apropiadas para la protección, cuidado y manejo responsable de los recursos naturales con que cuenta el país, la provincia, municipio y las comunidades. El medio ambiente requiere de integración del conocimiento, así como de las dimensiones históricas, filosóficas, culturales, ecológicas, sociológicas, científico- tecnológicas y jurídicas.

El Ministerio de Ciencia, Tecnología y Medio Ambiente establece en la SNRMA las coordinaciones correspondientes, con los ministerios de Educación, Educación Superior, y Cultura, los medios de difusión y otros órganos y organismos competentes para desarrollar las acciones que contribuyan a incrementar el conocimiento y la conciencia ambiental. (MES 2022, p. 80).

Por tanto, se pondera que el MES garantiza la introducción y actualización de la temática ambiental, a partir de los modelos del profesional y de los planes de estudios de pre y posgrado y de extensión y actividades docentes y extra docentes, dirigidas a la formación y el perfeccionamiento de los profesionales de todas las ramas. (MES 2022, p.81).

El Ministerio de Educación de Cuba ha considerado la educación ambiental como parte de la educación integral del individuo y en ese sentido, se han desarrollado diferentes seminarios, talleres, eventos y actividades con el propósito de divulgar los objetivos y el contenido esencial de la dimensión ambiental en el contexto de la formación de los docentes y estudiantes.

Las acciones y actividades están encaminadas a promover en los estudiantes, el interés hacia el conocimiento, la protección y cuidado del medio ambiente en concordancia con lo que se expresa en los documentos normativos de la política ambiental cubana y la voluntad del Estado.

El carácter general de la dimensión de la educación ambiental, admite el análisis particular en cada carrera para determinar el alcance del tratamiento de los temas relacionados con el contenido ambiental en cada año de estudio a través de las diferentes asignaturas en las actividades docentes, extra docentes. Dentro de este marco, se cuenta con las “estrategias curriculares las cuales aseguran el logro de atributos presentes en los objetivos generales de las carreras que, por su alcance, rebasan las posibilidades de su cumplimiento por una disciplina, y por tanto deben ser asumidas por todas o por un grupo de estas durante toda la carrera”. (MES, 2022, p. 65-66).

En la búsqueda realizada en estas etapas no hay pronunciamiento hacia el conocimiento de la educación ambiental jurídica en la formación de los estudiantes de la carrera primaria, solo se hace alusión a la Ley Marco del Medio ambiente. No obstante, a ello ha sido de preocupación constante en la formación el conocimiento jurídico. Ya que, la dinámica científica obliga a cambiar paradigmas y a repensar los modelos educativos, para lograr transformaciones sustanciales en el tratamiento ambiental jurídico en momentos donde el desarrollo científico-tecnológico avanza a un ritmo acelerado y aporta otros problemas ambientales al planeta que pone en riesgo la existencia de los seres vivos.

De ahí que concepto de formación no es estático, este proviene de la palabra latina “formatio”. Es concebida como “la acción y efecto de formar o formarse” (REA, 2022), desde la mirada del proceso educativo debe ser de forma permanente y continua. “Se requiere de nuevas visiones de sus aspectos más generales conceptuales en el contexto actual, donde los saberes pragmáticos, instrumentalistas, tecnológicos soslayan el desarrollo humano del docente en un proceso de significación personal y social” (Nieva y Martinez, 2016, p. 6).

A tenor con lo anterior, según Ronquillo (2019) el proceso de formación es:

Complejo y multidimensional, puesto que el vertiginoso desarrollo científico-técnico de la época contemporánea hace que la información y los datos de las ciencias se incrementen y envejezcan a velocidades asombrosas. Además, esto tiene sus consecuencias en cada ciencia que es penetrada constantemente por los conocimientos de otras y que, a su vez, sus propios conocimientos penetran en las demás. (p. 4)

En virtud de lo cual, si se habla de formación se coincide en que es una forma de desarrollo del ser humano, articulado y sistemático, de humanización, que puntualiza mayor nivel de preparación, que se les abre la posibilidad de ver y analizar de otra manera el mundo circundante, de concebir las realidades de otra forma, de acercarse más a la contextualización de las problemáticas existentes.

Desde otra perspectiva, los estudiantes de la carrera Licenciatura en Educación Primaria necesitan tener en cuenta todas las dimensiones antes mencionadas. Progresar e incidir con intencionalidad en la dimensión jurídica. De esta manera se contribuye a garantizar una adecuada educación ambiental jurídica en su desempeño profesional.

Por tanto, como promotores ambientales, están en condiciones de accionar para involucrar a todos los pobladores a fin de que aporten sus experiencias, saberes, vivencias y se comprometan para mejorar las condiciones ambientales y transformar la realidad de la comunidad donde viven, lo cual se puede lograr mediante la participación colectiva y el conocimiento de la legislación ambiental.

Esta es imprescindible para la sostenibilidad ambiental, lo que implica la identificación de los problemas, la construcción y la apropiación del hecho social con vista a enaltecer el compromiso y la participación de los pobladores en la protección de los demás componentes del medioambiente y la educación en el cumplimiento de lo legislado al respecto.

El promotor ambiental entendido como:

Un ciudadano que promueve e incentiva la participación en las comunidades, el aprendizaje, la sensibilización y la movilización para una actuación positiva de los citadinos como parte de los componentes del medioambiente. Generan propuestas que minimicen los problemas ambientales de las comunidades donde viven, por el riesgo que implican para el bienestar de la comunidad. (Rubié, AG., 2019, p. 5)

Es un actor indispensable para implementar las actividades y acciones que contemplan la estrategia de educación ambiental jurídica ,en tanto son estudiantes en formación, que se desempeñan como maestros en las comunidades y tienen  posibilidades para involucrar  a la familia, mediante la participación comunitaria, por la voluntad política, la tradición y la tenencia de diferentes instituciones científicas, educativas, políticas, económicas, sociales y culturales, donde la educación ambiental; se convierte en una dimensión fundamental en la formación de cualquier profesional con vistas a alcanzar el desarrollo sostenible.

A decir de Pérez de Villa et al, (2019) los promotores cumplen con una “estrategia participativa que se desarrolla libremente y sin lucro, a través de tareas directas dirigidas a la mejora ambiental y conservación de los recursos naturales” (p. 5).

La participación comunitaria contribuye a cumplir con los objetivos de desarrollo sostenible que aparecen en la Agenda 2030, como una prioridad, siendo consecuente con las características y las posibilidades de cada contexto en particular.

Los promotores ambientales, están capacitados para lograr un empoderamiento en la búsqueda de solución a los problemas ambientales en las comunidades, son elementales en la articulación de las estrategias de educación ambiental, son líderes, desarrollan proyectos y programas que posibilitan modificar los sentimientos en los pobladores; por medio de la participación y la comunicación para impulsar acciones que contribuyan al comportamiento responsable en su comunidad.

La educación ambiental utiliza la práctica educativa para transformar en las comunidades utilizando a los promotores las representaciones, conocimientos, habilidades, actitudes y relaciones sociales que tienen como objeto indirecto el ambiente y el uso y distribución de los recursos naturales en sentido amplio y, como objeto directo y netamente educativo, el cambio y la transformación para la sostenibilidad, conexo con la expresión de socialización privilegiada de la educación, partiendo de las normativas internacionales y nacionales. (De la Peña y Vinces, 2020)

En consonancia con lo anterior se define la educación ambiental jurídica como:

Un proceso sistémico orientado a la adquisición y apropiación por parte de los seres humanos, de los deberes, derechos, valores y responsabilidades conforme a lo legislado, para la prevención, preservación y manejo responsable de los recursos naturales que ofrece el medio ambiente, hacia un desarrollo sostenible para transferirla a otros sujetos en su desempeño profesional. (Díaz, C., 2018).

Educar en el conocimiento y respeto a las leyes es importante para la vida en sociedad, que exige de una organización de las actividades y relaciones que se establecen entre los individuos de manera individual y colectiva. El desarrollo de la ciencia evidencia que los problemas ambientales pueden comprometer las metas del desarrollo económico y social de una nación si no son debidamente atendidos.

La educación ambiental jurídica juega un rol fundamental en la formación del estudiante pues forma parte de su crecimiento profesional, facilita las herramientas para el análisis de los problemas ambientales desde la integración del medio ambiente, que se comprendan que son parte de ella, que tienen deberes y obligaciones en relación con ella, así formar el sentido de la responsabilidad desde la prevención y cuidado del medio ambiente para la calidad de vida de las presentes y futuras generaciones y aplicar este conocimiento como promotor ambiental en las comunidades donde interactúan.

Para este logro se parten de las estrategias comunes en las enseñanzas que en la actualidad son: el empleo generalizado de las tecnologías de la información y las comunicaciones; el uso de la lengua materna, la comunicación en el idioma inglés; la formación humanista del estudiante; la formación económica, jurídica, ambiental, cívica, patriótica y de Historia de Cuba.  En esta concepción y desarrollo de la formación de maestros está garantizado un enfoque de integralidad, donde se hace suprema la relación entre lo natural y lo social, se concretan los presupuestos y las exigencias planteadas en el Modelo del Profesional que la sociedad socialista reclama. Atendiendo a estas consideraciones, la educación ambiental jurídica debe tener presente el destinatario para conocer el lenguaje que se debe utilizar para trasmitir la información de esta normativa ambiental, la cual es compleja, pero que, de forma clara, creativa, sencilla y práctica, se le debe transmitir a los estudiantes.

La propia complejidad de las normas ambientales, por un lado, la evolución que caracteriza el tránsito de las ideas a la práctica en el comportamiento humano, así como obstáculos estructurales y otros vinculados a intereses profesionales determinan o explican, que aún la comunidad empresarial, científica, artística, y educativa requieren continuar y fortalecer su preparación para producir cambios más profundos, como se requieren para la educación ambiental jurídica orientada al desarrollo sostenible con un  carácter interdisciplinario y la profundidad que demanda la política de país.

Por otra parte también

Estos resultados demuestran la necesidad de potenciar el tránsito hacia una gestión ambiental en nuestro país, cada vez más participativa, horizontal, auto transformativa y donde se imbriquen sinérgicamente los conocimientos especializados con la cultura y las prácticas locales, comunitarias y de otras colectividades. (CITMA, 2002, p.20)

La afirmación anterior permite puntualizar que el derecho a un ambiente sano, no se refiere solo a la sanidad que es la primera calidad que debemos exigirle al ambiente, la preservación y no contaminación de los elementos y recursos naturales, sino también con todas aquellas actividades que realiza el ser humano en su vida cotidiana. A la cual se incorpora la preservación del patrimonio natural de los paisajes, restos fósiles. Y se contempla la preservación cultural de los pueblos.

En la puesta en práctica de la estrategia pedagógica para la educación ambiental jurídica, liderada por estudiantes, promotores ambientales, se concibe la indisoluble unidad entre la teoría y la práctica, en sus diferentes etapas, actividades y acciones, que se ejecutan en la formación del profesional desde la universidad, mediante la actividad y la comunicación para fortalecer la educación ambiental jurídica en las comunidades donde interactúan.

Al unísono, ofrece la posibilidad de que los participantes se aproximen a la legalidad ambiental, mediante las acciones que se planifican para superar las debilidades encontradas, por medio de las distintas dimensiones de la actividad humana, donde la práctica, es esencial por su rol transformador, se potencia la participación activa de los agentes y agencias socializadoras , desde el análisis de los problemas ambientales locales y su respaldo jurídico, lo cual permite la toma de posiciones, para transformar las condiciones ambientales en sus contextos de actuación y transformarse a sí mismo.

Las acciones fundamentales que se han realizado y que constituyen resultados de la implementación de la estrategia de educación ambiental jurídica, dan salida a las dimensiones cognitiva, actitudinal y procedimental, con sus respectivos indicadores y se sustentan en la Constitución, Decretos-Leyes y otros documentos normativos.

Actividades

Puesta en práctica del curso optativo –electivo Educación ambiental jurídica en contexto.

La capacitación por parte de estudiantes, promotores ambientales, a decisores en las comunidades.

Creación en las escuelas de proyectos institucionales, proyectos educativos de grupo, entre los que están los círculos de interés “Primero cumplir la Ley” u otras variantes que surjan como iniciativa en las escuelas donde interactúan los estudiantes; cuyo objetivo fundamental sea transformar formas de pensar y actuar en el medio ambiente con respaldo jurídico.

Acciones

1-      Creación de clubes de educación ambiental jurídica:

ü Diagnóstico participativo para identificar problemas ambientales y potencialidades.

ü Selección de leyes y decretos-leyes a analizar según el contexto comunitario.

ü Selección de los estudiantes, promotores ambientales, encargados de liderar las acciones.

Creación de los círculos de interés y sociedades científicas en las escuelas seleccionadas, sobre los temas legislados en:

1.       Ley No.150 Sistema de Recursos Naturales y Medio Ambiente, (2022)

2.       Ley No. 85 forestal (1998)

3.       Decreto-Ley 212 Gestión de la Zona Costera, (2000)

4.       Ley 124 de las aguas terrestres, (2017).

5.       Ley No. 31 Bienestar Animal, (2021)

6.       Ley No. 148 Seguridad Alimentaria y Nutricional (2022)

Aplicación de encuestas sobre la Ley No.150 Sistema de Recursos Naturales y Medio Ambiente

Discusión y aprobación de los programas para los círculos de interés en los clubes de educación ambiental jurídica.

Insertar el tema educación ambiental jurídica en el curso de posgrado Enfrentamiento al cambio climático. Tarea Vida. Código 18025, con capacidad para 30 personas.

Ofertar curso optativo –electivo “Educación ambiental jurídica en contexto” para las carreras de Educación Infantil.

Realizar la matrícula para los cursos de posgrado y optativo.

Realización de los cursos de posgrado y optativo de febrero a julio 2021.

Creación de un “Tribunal de Justicia Ambiental”, el cual realizará las siguientes actividades:

ü  Intercambio con otros proyectos ambientales para conocer sus estrategias y experiencias en cuanto a la legalidad ambiental.

ü  Proponer soluciones para el mejoramiento del medio ambiente comunitario.

ü  Elaboración de concursos alegóricos, dibujos, multas educativas.

ü   La celebración de fechas ambientales (22 de marzo día del agua, 22 de abril día de la Tierra, 5 de junio día del medio ambiente y el 28 de junio Día del Árbol)

ü   Montaje de una exposición con las evidencias fotográficas de las acciones ejercidas, artículos destacados de la ley, objeto de análisis realizados.

ü  Colocar carteles con mensajes educativos referidos al cumplimiento de artículos de la legislación ambiental.

ü   Realización de paneles y mesas redondas relacionadas con la Ley No.  124 del agua terrestre.

ü  Actualización de los programas de estudio de la carrera Licenciatura en Educación Primaria, en los que se incluye el tema de la legislación ambiental.

La protección del medioambiente en Cuba constituye una prioridad del Gobierno, que se ha insertado en lo que hoy predomina en la escena internacional y ha apoyado la relación que existe entre la población, el territorio y el medioambiente. La política ambiental cubana se desarrolla sobre la base de los principales problemas ambientales que presenta el país (degradación de los suelos; contaminación en asentamientos humanos, de las aguas interiores y marinas; pérdidas de los bosques y de la biodiversidad), así como lo que ha demandado el nivel de desarrollo socioeconómico alcanzado. (Rodríguez, 2019).

 

Conclusiones

La importancia del proceso de educación ambiental jurídica y el liderazgo de los estudiantes como promotores ambientales en las comunidades es evidente para lograr la acción integrada de factores, económicos, políticos, sociales, históricos, culturales y educativos, a fin de mejorar el bienestar de la comunidad y transformarla.

Las condiciones ambientales de las comunidades, demandan la aplicación continua de alternativas que, desde la universidad, con la participación activa de estudiantes en formación, permitan identificar las potencialidades ambientales, el conocimiento y aplicación de las leyes, el vínculo de los estudiantes, promotores ambientales, con la comunidad y la incorporación de diversas acciones para lograr la educación ambiental jurídica.

 

Referencias Bibliográficas

Asamblea Nacional Del Poder Popular (2019). Constitución de la República de Cuba. La Habana, Cuba. Recuperado de https://www.parlamentocubano.gob.cu/index.php/constitucion-de-la-republica-de-cuba

Díaz, C.M (2019). La Educación Ambiental Jurídica en la formación del profesional de la educación primaria. ISBN 978-959-18-1151-6. Centro de Estudios de Educación Ambiental (CEEA-GEA).

Ministerio de Ciencia Tecnología y Medio Ambiente (CITMA) (2020). Estrategia Ambiental Nacional 2021/2025. La Habana, Cuba: Editorial Dirección de Política Ambiental. Recuperado de https://www.citma.gob.cu/estrategia-ambiental-nacional/

Rubié Cabrera, A.G, Díaz Mullings, C.M, & Bosque Suárez, R. (2019). Experiencia comunitaria de promotores ambientales para la adaptación al cambio climático. Varona. Revista Científico Metodológica, (69), e5. Epub 01 de diciembre de 2019. Recuperado en 19 de noviembre de 2023, de http://scielo.sld.cu/scielo.php?script=sci_arttext&pid=S1992-82382019000200005&lng=es&tlng=es

UNESCO. (2015). Agenda de Desarrollo Sostenible 2030. Objetivo 4. Educación. Recuperado de https://es.unesco.org/gem-report/node/1346

Ministerio de Educación Superior (MES). (2022). Reglamento organizativo del proceso docente y de dirección del trabajo docente y metodológico para las carreras universitarias. La Habana, Cuba. Recuperado de https://www.gacetaoficial.gob.cu/es/gaceta-oficial-no-129-ordinaria-de-2022

Pérez de Villa Amil Sellés, Y, López Rodríguez del Rey, M. M, & Laportilla Estévez, N. D. (2019). Conceptions of the environmental promoter: A look from the present day. Conrado, 15(69), 236-241. Epub 02 de septiembre de 2019. Recuperado en 19 de noviembre de 2023, de http://scielo.sld.cu/scielo.php?script=sci_arttext&pid=S1990-86442019000400236&lng=es&tlng=en.

Real Academia Española (REA) (2022). Diccionario de la Real Academia de la Lengua Española. Recuperado de https://dle.rae.es/formaci%C3%B3n

Nieva Chaves, J.A, & Martínez Chacón, O. (2016). Una nueva mirada sobre la formación docente. Revista Universidad y Sociedad, 8(4), 14-21. Recuperado en 19 de noviembre de 2023, de http://scielo.sld.cu/scielo.php?script=sci_arttext&pid=S2218-36202016000400002&lng=es&tlng=es.

Ronquillo TriviñoL., Cabrera GarcíaC., & Barberán CevallosJ. (2019). Competencias profesionales: desafíos en el proceso de formación profesional. Opuntia Brava11(Especial 1), 1-12. Recuperado a partir de https://opuntiabrava.ult.edu.cu/index.php/opuntiabrava/article/view/653

De la Peña Consuegra, G., & Vinces Centeno, M. (2020). Acercamiento a la conceptualización de la educación ambiental para el desarrollo sostenible. Revista Cubana de Educación Superior, 39(2), e18. Epub 01 de agosto de 2020. Recuperado en 19 de noviembre de 2023, de http://scielo.sld.cu/scielo.php?script=sci_arttext&pid=S0257-43142020000200018&lng=es&tlng=es.

Rodríguez García, A. (2019). La protección del medioambiente en Cuba, una prioridad gubernamental. Revista Novedades en Población, 15(30), 113-122. Epub 15 de abril de 2020. Recuperado en 19 de noviembre de 2023, de http://scielo.sld.cu/scielo.php?script=sci_arttext&pid=S1817-40782019000200113&lng=es&tlng=es.


Taxonomía de contribución de roles

 

No.

Roles de la contribución

Autor 1

Autor 2

Autor 3

  1.  

Conceptualización

40%

30%

30%

  1.  

Curación de datos

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30%

  1.  

Análisis formal

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Investigación

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  1.  

Metodología

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Recursos

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Supervisión

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  1.  

Validación

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  1.  

Visualización

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30%

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  1.  

Redacción – borrador original

40%

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30%

  1.  

Redacción – revisión y edición

40%

30%

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Declaración de originalidad y conflictos de interés

El/los autor/es declara/n que el artículo: Educación ambiental jurídica desde la universidad a la comunidad  

   Que el artículo es inédito, derivado de investigaciones y no está postulando para su publicación en ninguna otra revista simulneamente.

   Que se acepta tanto la revisión por pares ciegos como las posibles correcciones del artículo que deban hacerse tras comunicarle/s la oportuna disconformidad con ciertos aspectos pertinentes en su artículo.

   Que en el caso de ser aceptado el artículo, hará/n las oportunas correcciones en el tiempo que se estipule.

   No existen compromisos ni obligaciones financieras con organismos estatales ni privados que puedan afectar el contenido, resultados o conclusiones de la presente publicación.

A continuación, presento los nombres y firmas de los autores, que certifican la aprobación y conformidad con el artículo enviado.

Autor principal

M. Sc. Cecilia Margarita Díaz Mullings

Coautores

Dr. C. Ana Gloria Rubié Cabrera

Dr. C. Rafael Bosque Suárez