Educación ambiental jurídica desde la universidad a la comunidad
Legal environmental education from the
university to the community
Recibido: 18/09/2023 | Aceptado: 09/11/2023 | Publicado: 19/11/2023
M. Sc. Cecilia Margarita
Díaz Mullings 1*
Dr. C. Ana Gloria Rubié Cabrera 2
Dr. C. Rafael Bosque Suárez 3
1* Profesor Auxiliar. Universidad de Ciencias Pedagógicas
Enrique José Varona. CEEA-GEA. Cuba. ceciliamargaritadiaz816@gmail.com.
ID ORCID: https://orcid.org/0000-0001-7224-5275
1* Profesor Titular. Universidad de Ciencias Pedagógicas
Enrique José Varona. CEEA-GEA. Cuba. ceciliamargaritadiaz816@gmail.com.
ID ORCID: https://orcid.org/0000-0002-6697-3169
1* Profesor Titular. Universidad de Ciencias Pedagógicas
Enrique José Varona. CEEA-GEA. Cuba. ceciliamargaritadiaz816@gmail.com.
ID ORCID: https://orcid.org/0000-0002-1676-270X
Resumen:
La educación ambiental jurídica en las
comunidades constituye un instrumento para lograr la organización de todos los
factores a fin de representar los intereses de los pobladores y que estos
adquieran mayor poder y control sobre los demás componentes del medio ambiente.
Empodera a los actores sociales, entre los que juegan un papel determinante los
promotores ambientales, en tanto, con la comprensión de la ley, ofrecen
conocimientos, hábitos, habilidades, valores, actitudes y modos de actuación
para la educación de la personalidad del ciudadano a fin de hacerlo responsable
en la toma de decisiones frente a los problemas ambientales, en tal sentido, se
propone un conjunto de acciones desde la formación del profesional de la
educación primaria, devenido promotor ambiental, para incentivar el empleo de
la legislación ambiental en las comunidades. Tiene como objetivo: proponer una
estrategia pedagógica que favorezca la educación ambiental jurídica desde la
universidad a la comunidad, esta se implementa mediante la Red de Promotores
Ambientales por la Vida (RPAV), en la formación del profesional de la educación
primaria, considerando el marco legal ambiental de Cuba y la función
extensionista de la universidad. La estrategia transita desde la
sistematización de los referentes teóricos y el diagnóstico comunitario, hasta
el diseño de la propuesta para su puesta en práctica. La validez teórica y
práctica de las acciones se demostró a partir de la consulta a especialistas y
su introducción en la práctica pedagógica.
Palabras clave: legislación ambiental, participación, formación profesional, promotor ambiental.
Abstract:
Legal environmental education in communities
constitutes an instrument to achieve the organization of all factors in order
to represent the interests of the residents and for them to acquire greater
power and control over the other components of the environment. It empowers
social actors, among whom environmental promoters play a determining role,
while, with the understanding of the law, they offer knowledge, habits, skills,
values, attitudes and modes of action for the education of the citizen's
personality to In order to make them responsible in making decisions regarding
environmental problems, in this sense, a set of actions is proposed from the
training of primary education professionals, who become environmental
promoters, to encourage the use of environmental legislation in communities. .
Its objective: to propose a pedagogical strategy that favors legal
environmental education from the university to the community, this is
implemented through the Network of Environmental Promoters for Life (RPAV), in the
training of primary education professionals, considering the framework
environmental law of Cuba and the extension function of the university. The
strategy goes from the systematization of the theoretical references and the
community diagnosis, to the design of the proposal for its implementation. The
theoretical and practical validity of the actions was demonstrated through
consultation with specialists and their introduction into pedagogical practice.
Keywords: environmental legislation,
participation, professional
formation, environmental promoter.
Introducción
La educación ambiental jurídica en la formación de los estudiantes de
la carrera Licenciatura en Educación Primaria resulta de gran importancia al
ofrecer conocimientos normativos para la comprensión de los deberes y
obligaciones de cada ciudadano ante el cuidado, preservación, protección y
manejo adecuado de los recursos naturales; así como el análisis de los
problemas ambientales a partir de documentos legales vigentes en el país, que
ponderan la responsabilidad individual y colectiva. Como maestros primarios promueven
procesos de aprendizajes y acciones, que permiten el progreso de una labor
pedagógica, conducen la formación de valores, propios de una cultura de respeto
ambiental y de responsabilidad ciudadana, tal como se aspira con la Agenda 2030
y el Plan de Estado para el enfrentamiento al cambio climático (Tarea Vida);
por lo que se declaran promotores ambientales, portadores de estos saberes para
liderar, desde la universidad a la comunidad.
El siglo XXI se caracteriza por la complejidad de la realidad del
mundo, que obliga a ofrecer conocimientos integrados, aplicados a situaciones y
contextos reales. Además, contempla eventos naturales complejos y políticas
neoliberales encauzadas a socavar la soberanía mundial.
De esta manera se pone en riesgo el esfuerzo desplegado en materia
ambiental, así como el cumplimiento de normas y acuerdos internacionales
orientados a mitigar o solucionar los problemas ambientales provocados en gran
medida por los seres humanos.
La legislación ambiental a veces se desconoce y por consiguiente, no
se aplica de ahí la necesidad de la
implementación de acciones, desde la universidad, lideradas por estudiantes en
formación, que a su vez son promotores ambientales, los que comparten saberes y
promueven el aprendizaje, la sensibilización y la movilización desde las
instituciones educativas, donde se desempeñan, a la
comunidad, a fin de lograr una actuación positiva y los necesarios
cambios en el pensar y actuar de los residentes ante la educación ambiental
jurídica.
El
presente artículo tiene como objetivo proponer una estrategia pedagógica que favorezca la educación
ambiental jurídica desde la universidad a la comunidad. Esta se implementa
mediante la Red de Promotores Ambientales por la Vida (RPAV), en la formación
del profesional de la educación primaria, considerando el marco legal ambiental
de Cuba y la función extensionista de la universidad
Materiales y métodos
Se asume
el método dialéctico-materialista que conllevó a un análisis de las
concepciones filosóficas sobre la educación ambiental jurídica desde la
universidad, así como sintetizar la información en busca de seleccionar los
aspectos significativos para el logro del objetivo. La utilización del método
histórico-lógico permite establecer la relación entre el desenvolvimiento
lógico del pensamiento y el contexto histórico del proceso de investigación.
Los
materiales utilizados están ligados a las diferentes normas jurídicas y
resoluciones que sustentan la educación ambiental tanto nacional como
internacional.
Resultados y discusión
El
proceso de educación ambiental, es necesario en la sostenibilidad de las
comunidades, como lo concibe la Agenda 2030, en todos los objetivos de
desarrollo sostenible, en especial el número cuatro “Garantizar una educación
inclusiva, equitativa y de calidad y promover oportunidades de aprendizaje
durante toda la vida para todos” (UNESCO, 2015, p. 5).
En
la Conferencia Mundial de Naciones Unidas sobre Medio Ambiente Humano en 1972,
se emitió la Declaración de Estocolmo. En ella se prescriben 26 principios que
rigen la necesidad de preservar los recursos naturales, evitar la contaminación
ambiental, investigar y desarrollar temáticas relacionadas con los problemas
ambientales; en beneficio de las generaciones actuales y futuras.
Cuba
no está ajena a estos propósitos, pues de manera sistemática propicia el
desarrollo de instrumentos legales que reflejan la preocupación del deterioro
del medio ambiente. De ahí que desde la
Constitución de la República de Cuba se refiere en el artículo 75 que: “Todas
las personas tienen derecho a disfrutar de un medio ambiente sano y
equilibrado. El estado protege el medio ambiente y los recursos naturales del
país…” (Asamblea Nacional del Poder Popular, 2019, p. 6).
También
se producen cambios en las normas jurídicas que hacen referencia especial a los
temas ambientales. En el año 2022 se aprueba la Ley del Sistema de los Recursos
Naturales y el Medio Ambiente (SRNMA), que actualiza el marco institucional
para la prevención y uso racional de los recursos naturales; así como su
contribución al desarrollo de una cultura ambiental. La actual Ley deroga a la
Ley No.81 del Medio Ambiente de 1997.
En
este sentido, resulta necesario educar a las nuevas generaciones en la
prevención y protección de los recursos naturales, a partir del marco
legislativo ambiental. El sector educacional posibilita desde sus planes de
estudios promover y actualizar conocimientos encaminados a las buenas prácticas
en el manejo y uso responsable de los recursos naturales. De ahí la necesidad
de incorporar desde la formación el conocimiento de los derechos, deberes y
responsabilidades con el medio ambiente desde lo legislado en Cuba.
En
1998 es aprobada por el Ministerio de Educación Superior (MES), la Estrategia
Nacional de Educación Ambiental para las universidades, la cual consideró la
incorporación de la dimensión ambiental y temas ambientales a través de los
componentes académico, laboral e investigativo, aprovechando las
potencialidades que brinda a este fin lo curricular, lo extracurricular y lo
extraescolar. Esta Estrategia Ambiental
(MES), ha transitado por diferentes periodos de actualización (2017-2021), se
corroboró que no se estima una relevancia a lo jurídico, ni su integración en
la totalidad de los temas ambientales desde la formación inicial en el plano
pedagógico.
Por lo
que la Universidad es la institución que debe tener el mayor impacto desde el
punto de vista social, donde no sólo se presenta el compromiso de formar buenos
profesionales, sino también, personas sensibles a los problemas que enfrenta la
sociedad, ligadas al desarrollo sostenible, a la promoción de valores y
principios (Pérez de Villa, et al, 2019).
Lo
anterior, conlleva a que los estudiantes en formación, como promotores
ambientales, se preocupen por, generar propuestas que conlleven a educar en
función de lo que está estatuido para minimizar los problemas de las
comunidades donde interactúan, por el riesgo que implican para el bienestar de
los pobladores y con ello “Lograr que las ciudades y los asentamientos humanos
sean inclusivos, seguros, resiliente y sostenibles” (UNESCO, 2015, p. 12).
En
este sentido, una de las metas básicas contenidas en diez de los diecisiete
Objetivos de Desarrollo Sostenible, y para su materialización se requiere de un
trabajo integrado, que no puede ser concebido sin la debida contextualización,
de modo que se asuma el conocimiento de la educación ambiental jurídica en la
concientización de los involucrados en el proceso.
Desde
el Modelo del Profesional concertado por el Ministerio de Educación Superior (MES),
se explicita que en la formación de los profesionales de nivel superior se
concreta en una sólida formación científico-técnica, humanística y de altos
valores ideológicos, políticos y estéticos, con el fin de lograr profesionales
revolucionarios que puedan desempeñarse en los diversos sectores de la sociedad.
(MES, 2022)
Constituye
una demanda del país la necesidad de implementar acciones para el conocimiento
de la estrategia jurídica desde el proceso de formación de los estudiantes,
multiplicar la ciencia desde la universidad a la comunidad y preparar a estos
para las exigencias del Tercer Perfeccionamiento del Sistema Nacional de
Educación.
La
educación ambiental, en los niveles educativos parte de esquemas
interdisciplinarios y de la transversalidad. Se orienta hacia soluciones
apropiadas para la protección, cuidado y manejo responsable de los recursos
naturales con que cuenta el país, la provincia, municipio y las comunidades. El
medio ambiente requiere de integración del conocimiento, así como de las
dimensiones históricas, filosóficas, culturales, ecológicas, sociológicas,
científico- tecnológicas y jurídicas.
El
Ministerio de Ciencia, Tecnología y Medio Ambiente establece en la SNRMA las
coordinaciones correspondientes, con los ministerios de Educación, Educación
Superior, y Cultura, los medios de difusión y otros órganos y organismos
competentes para desarrollar las acciones que contribuyan a incrementar el
conocimiento y la conciencia ambiental. (MES 2022, p. 80).
Por
tanto, se pondera que el MES garantiza la introducción y actualización de la
temática ambiental, a partir de los modelos del profesional y de los planes de
estudios de pre y posgrado y de extensión y actividades docentes y extra
docentes, dirigidas a la formación y el perfeccionamiento de los profesionales
de todas las ramas. (MES 2022, p.81).
El
Ministerio de Educación de Cuba ha considerado la educación ambiental como
parte de la educación integral del individuo y en ese sentido, se han
desarrollado diferentes seminarios, talleres, eventos y actividades con el
propósito de divulgar los objetivos y el contenido esencial de la dimensión
ambiental en el contexto de la formación de los docentes y estudiantes.
Las
acciones y actividades están encaminadas a promover en los estudiantes, el
interés hacia el conocimiento, la protección y cuidado del medio ambiente en
concordancia con lo que se expresa en los documentos normativos de la política
ambiental cubana y la voluntad del Estado.
El
carácter general de la dimensión de la educación ambiental, admite el análisis
particular en cada carrera para determinar el alcance del tratamiento de los
temas relacionados con el contenido ambiental en cada año de estudio a través
de las diferentes asignaturas en las actividades docentes, extra docentes.
Dentro de este marco, se cuenta con las “estrategias curriculares las cuales
aseguran el logro de atributos presentes en los objetivos generales de las
carreras que, por su alcance, rebasan las posibilidades de su cumplimiento por
una disciplina, y por tanto deben ser asumidas por todas o por un grupo de
estas durante toda la carrera”. (MES, 2022, p. 65-66).
En
la búsqueda realizada en estas etapas no hay pronunciamiento hacia el
conocimiento de la educación ambiental jurídica en la formación de los
estudiantes de la carrera primaria, solo se hace alusión a la Ley Marco del
Medio ambiente. No obstante, a ello ha sido de preocupación constante en la
formación el conocimiento jurídico. Ya que, la dinámica científica obliga a
cambiar paradigmas y a repensar los modelos educativos, para lograr
transformaciones sustanciales en el tratamiento ambiental jurídico en momentos
donde el desarrollo científico-tecnológico avanza a un ritmo acelerado y aporta
otros problemas ambientales al planeta que pone en riesgo la existencia de los
seres vivos.
De
ahí que concepto de formación no es estático, este proviene de la palabra
latina “formatio”. Es concebida como “la acción y
efecto de formar o formarse” (REA, 2022), desde la mirada del proceso educativo
debe ser de forma permanente y continua. “Se requiere de nuevas visiones de sus
aspectos más generales conceptuales en el contexto actual, donde los saberes
pragmáticos, instrumentalistas, tecnológicos soslayan el desarrollo humano del
docente en un proceso de significación personal y social” (Nieva y Martinez, 2016, p. 6).
A tenor
con lo anterior, según Ronquillo (2019) el proceso de formación es:
Complejo y multidimensional, puesto que el vertiginoso
desarrollo científico-técnico de la época contemporánea hace que la información
y los datos de las ciencias se incrementen y envejezcan a velocidades
asombrosas. Además, esto tiene sus consecuencias en cada ciencia que es
penetrada constantemente por los conocimientos de otras y que, a su vez, sus
propios conocimientos penetran en las demás. (p. 4)
En
virtud de lo cual, si se habla de formación se coincide en que es una forma de
desarrollo del ser humano, articulado y sistemático, de humanización, que
puntualiza mayor nivel de preparación, que se les abre la posibilidad de ver y
analizar de otra manera el mundo circundante, de concebir las realidades de
otra forma, de acercarse más a la contextualización de las problemáticas
existentes.
Desde
otra perspectiva, los estudiantes de la carrera Licenciatura en Educación
Primaria necesitan tener en cuenta todas las dimensiones antes mencionadas.
Progresar e incidir con intencionalidad en la dimensión jurídica. De esta
manera se contribuye a garantizar una adecuada educación ambiental jurídica en
su desempeño profesional.
Por
tanto, como promotores ambientales, están en condiciones de accionar para involucrar
a todos los pobladores a fin de que aporten sus experiencias, saberes,
vivencias y se comprometan para mejorar las condiciones ambientales y transformar
la realidad de la comunidad donde viven, lo cual se puede lograr mediante la
participación colectiva y el conocimiento de la legislación ambiental.
Esta
es imprescindible para la sostenibilidad ambiental, lo que implica la
identificación de los problemas, la construcción y la apropiación del hecho
social con vista a enaltecer el compromiso y la participación de los pobladores
en la protección de los demás componentes del medioambiente y la educación en
el cumplimiento de lo legislado al respecto.
El
promotor ambiental entendido como:
Un ciudadano que promueve e incentiva la participación
en las comunidades, el aprendizaje, la sensibilización y la movilización para
una actuación positiva de los citadinos como parte de los componentes del medioambiente.
Generan propuestas que minimicen los problemas ambientales de las comunidades
donde viven, por el riesgo que implican para el bienestar de la comunidad. (Rubié, AG., 2019, p. 5)
Es
un actor indispensable para implementar las actividades y acciones que
contemplan la estrategia de educación ambiental jurídica ,en tanto son
estudiantes en formación, que se desempeñan como maestros en las comunidades y
tienen posibilidades para involucrar a la familia, mediante la participación
comunitaria, por la voluntad política, la tradición y la tenencia de diferentes
instituciones científicas, educativas, políticas, económicas, sociales y
culturales, donde la educación ambiental; se convierte en una dimensión
fundamental en la formación de cualquier profesional con vistas a alcanzar el
desarrollo sostenible.
A
decir de Pérez de Villa et al, (2019) los promotores cumplen con una “estrategia
participativa que se desarrolla libremente y sin lucro, a través de tareas
directas dirigidas a la mejora ambiental y conservación de los recursos
naturales” (p. 5).
La
participación comunitaria contribuye a cumplir con los objetivos de desarrollo
sostenible que aparecen en la Agenda 2030, como una prioridad, siendo
consecuente con las características y las posibilidades de cada contexto en
particular.
Los
promotores ambientales, están capacitados para lograr un empoderamiento en la búsqueda
de solución a los problemas ambientales en las comunidades, son elementales en
la articulación de las estrategias de educación ambiental, son líderes,
desarrollan proyectos y programas que posibilitan modificar los sentimientos en
los pobladores; por medio de la participación y la comunicación para impulsar
acciones que contribuyan al comportamiento responsable en su comunidad.
La educación
ambiental utiliza la práctica educativa para transformar en las comunidades
utilizando a los promotores las representaciones, conocimientos, habilidades,
actitudes y relaciones sociales que tienen como objeto indirecto el ambiente y
el uso y distribución de los recursos naturales en sentido amplio y, como
objeto directo y netamente educativo, el cambio y la transformación para la
sostenibilidad, conexo con la expresión de socialización privilegiada de la
educación, partiendo de las normativas internacionales y nacionales. (De la
Peña y Vinces, 2020)
En
consonancia con lo anterior se define la educación ambiental jurídica como:
Un proceso sistémico orientado a la adquisición y
apropiación por parte de los seres humanos, de los deberes, derechos, valores y
responsabilidades conforme a lo legislado, para la prevención, preservación y
manejo responsable de los recursos naturales que ofrece el medio ambiente,
hacia un desarrollo sostenible para transferirla a otros sujetos en su
desempeño profesional. (Díaz, C., 2018).
Educar
en el conocimiento y respeto a las leyes es importante para la vida en sociedad,
que exige de una organización de las actividades y relaciones que se establecen
entre los individuos de manera individual y colectiva. El desarrollo de la
ciencia evidencia que los problemas ambientales pueden comprometer las metas
del desarrollo económico y social de una nación si no son debidamente
atendidos.
La
educación ambiental jurídica juega un rol fundamental en la formación del
estudiante pues forma parte de su crecimiento profesional, facilita las
herramientas para el análisis de los problemas ambientales desde la integración
del medio ambiente, que se comprendan que son parte de ella, que tienen deberes
y obligaciones en relación con ella, así formar el sentido de la
responsabilidad desde la prevención y cuidado del medio ambiente para la
calidad de vida de las presentes y futuras generaciones y aplicar este
conocimiento como promotor ambiental en las comunidades donde interactúan.
Para
este logro se parten de las estrategias comunes en las enseñanzas que en la
actualidad son: el empleo generalizado de las tecnologías de la información y
las comunicaciones; el uso de la lengua materna, la comunicación en el idioma
inglés; la formación humanista del estudiante; la formación económica,
jurídica, ambiental, cívica, patriótica y de Historia de Cuba. En esta concepción y desarrollo de la
formación de maestros está garantizado un enfoque de integralidad, donde se
hace suprema la relación entre lo natural y lo social, se concretan los
presupuestos y las exigencias planteadas en el Modelo del Profesional que la
sociedad socialista reclama. Atendiendo a estas consideraciones, la educación
ambiental jurídica debe tener presente el destinatario para conocer el lenguaje
que se debe utilizar para trasmitir la información de esta normativa ambiental,
la cual es compleja, pero que, de forma clara, creativa, sencilla y práctica,
se le debe transmitir a los estudiantes.
La
propia complejidad de las normas ambientales, por un lado, la evolución que
caracteriza el tránsito de las ideas a la práctica en el comportamiento humano,
así como obstáculos estructurales y otros vinculados a intereses profesionales
determinan o explican, que aún la comunidad empresarial, científica, artística,
y educativa requieren continuar y fortalecer su preparación para producir
cambios más profundos, como se requieren para la educación ambiental jurídica
orientada al desarrollo sostenible con un
carácter interdisciplinario y la profundidad que demanda la política de
país.
Por
otra parte también
Estos resultados demuestran la necesidad de potenciar
el tránsito hacia una gestión ambiental en nuestro país, cada vez más
participativa, horizontal, auto transformativa y donde se imbriquen
sinérgicamente los conocimientos especializados con la cultura y las prácticas
locales, comunitarias y de otras colectividades. (CITMA, 2002, p.20)
La
afirmación anterior permite puntualizar que el derecho a un ambiente sano, no
se refiere solo a la sanidad que es la primera calidad que debemos exigirle al
ambiente, la preservación y no contaminación de los elementos y recursos
naturales, sino también con todas aquellas actividades que realiza el ser
humano en su vida cotidiana. A la cual se incorpora la preservación del
patrimonio natural de los paisajes, restos fósiles. Y se contempla la
preservación cultural de los pueblos.
En
la puesta en práctica de la estrategia pedagógica para la educación ambiental jurídica, liderada por estudiantes, promotores ambientales,
se concibe la indisoluble unidad
entre la teoría y la práctica, en sus diferentes etapas, actividades y acciones,
que se ejecutan en la formación del profesional desde la universidad, mediante la actividad y
la comunicación para fortalecer
la educación ambiental jurídica en las comunidades donde interactúan.
Al
unísono, ofrece la posibilidad de que los participantes se aproximen a la
legalidad ambiental, mediante las acciones que se planifican para superar las
debilidades encontradas, por medio de las distintas dimensiones de la actividad
humana, donde la práctica, es esencial por su rol transformador, se potencia la
participación activa de los agentes y agencias socializadoras , desde el
análisis de los problemas ambientales locales y su respaldo jurídico, lo cual
permite la toma de posiciones, para transformar las condiciones ambientales en
sus contextos de actuación y transformarse a sí mismo.
Las
acciones fundamentales que se han realizado y que constituyen resultados de la
implementación de la estrategia de educación ambiental jurídica, dan salida a las
dimensiones cognitiva, actitudinal y procedimental, con sus respectivos
indicadores y se sustentan en la Constitución, Decretos-Leyes y otros documentos
normativos.
Actividades
Puesta
en práctica del curso optativo –electivo Educación ambiental jurídica en
contexto.
La capacitación
por parte de estudiantes, promotores ambientales, a decisores en las
comunidades.
Creación
en las escuelas de proyectos institucionales, proyectos educativos de grupo,
entre los que están los círculos de interés “Primero cumplir la Ley” u otras
variantes que surjan como iniciativa en las escuelas donde interactúan los
estudiantes; cuyo objetivo fundamental sea transformar formas de pensar y
actuar en el medio ambiente con respaldo jurídico.
Acciones
1- Creación de clubes de
educación ambiental jurídica:
ü Diagnóstico participativo
para identificar problemas ambientales y potencialidades.
ü Selección de leyes y
decretos-leyes a analizar según el contexto comunitario.
ü Selección de los estudiantes,
promotores ambientales, encargados de liderar las acciones.
Creación de los círculos de interés y sociedades
científicas en las escuelas seleccionadas, sobre los temas legislados en:
1. Ley No.150 Sistema de
Recursos Naturales y Medio Ambiente, (2022)
2. Ley No. 85 forestal (1998)
3. Decreto-Ley
212 Gestión de la Zona Costera, (2000)
4. Ley 124 de las aguas
terrestres, (2017).
5. Ley No. 31
Bienestar Animal, (2021)
6. Ley No. 148
Seguridad Alimentaria y Nutricional (2022)
Aplicación de encuestas sobre la Ley No.150 Sistema
de Recursos Naturales y Medio Ambiente
Discusión y aprobación de los programas para los
círculos de interés en los clubes de educación ambiental jurídica.
Insertar el tema educación ambiental jurídica en el
curso de posgrado Enfrentamiento al cambio climático. Tarea Vida. Código 18025,
con capacidad para 30 personas.
Ofertar curso optativo –electivo “Educación
ambiental jurídica en contexto” para las carreras de Educación Infantil.
Realizar la matrícula para los cursos de posgrado y
optativo.
Realización de los cursos de posgrado y optativo de
febrero a julio 2021.
Creación de un “Tribunal de
Justicia Ambiental”, el cual realizará las siguientes actividades:
ü Intercambio
con otros proyectos ambientales para conocer sus estrategias y experiencias en
cuanto a la legalidad ambiental.
ü Proponer
soluciones para el mejoramiento del medio ambiente comunitario.
ü Elaboración
de concursos alegóricos, dibujos, multas educativas.
ü La celebración de fechas ambientales (22 de
marzo día del agua, 22 de abril día de la Tierra, 5 de junio día del medio
ambiente y el 28 de junio Día del Árbol)
ü Montaje de una exposición con las evidencias
fotográficas de las acciones ejercidas, artículos destacados de la ley, objeto
de análisis realizados.
ü Colocar
carteles con mensajes educativos referidos al cumplimiento de artículos de la
legislación ambiental.
ü
Realización de
paneles y mesas redondas relacionadas con la Ley No. 124 del agua terrestre.
ü
Actualización
de los programas de estudio de la carrera Licenciatura en Educación Primaria,
en los que se incluye el tema de la legislación ambiental.
La
protección del medioambiente en Cuba constituye una prioridad del Gobierno, que
se ha insertado en lo que hoy predomina en la escena internacional y ha apoyado
la relación que existe entre la población, el territorio y el medioambiente. La
política ambiental cubana se desarrolla sobre la base de los principales
problemas ambientales que presenta el país (degradación de los suelos;
contaminación en asentamientos humanos, de las aguas interiores y marinas;
pérdidas de los bosques y de la biodiversidad), así como lo que ha demandado el
nivel de desarrollo socioeconómico alcanzado. (Rodríguez, 2019).
Conclusiones
La importancia del proceso de educación ambiental
jurídica y el liderazgo de los estudiantes como promotores ambientales en las
comunidades es evidente para lograr la acción integrada de factores,
económicos, políticos, sociales, históricos, culturales y educativos, a fin de
mejorar el bienestar de la comunidad y transformarla.
Las condiciones ambientales de las comunidades,
demandan la aplicación continua de alternativas que, desde la universidad, con
la participación activa de estudiantes en formación, permitan identificar las
potencialidades ambientales, el conocimiento y aplicación de las leyes, el
vínculo de los estudiantes, promotores ambientales, con la comunidad y la
incorporación de diversas acciones para lograr la educación ambiental jurídica.
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Curación de datos |
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Análisis formal |
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Investigación |
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Metodología |
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Recursos |
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Supervisión |
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Validación |
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Visualización |
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Redacción – borrador original |
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Redacción – revisión y edición |
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Declaración de originalidad y conflictos de interés
El/los autor/es declara/n que
el artículo: Educación ambiental jurídica desde la universidad a la comunidad
Que el artículo es inédito, derivado de investigaciones y no está postulando para su
publicación en ninguna otra revista simultáneamente.
Que se acepta tanto la revisión por pares ciegos como las posibles correcciones del
artículo que deban hacerse tras comunicarle/s la oportuna
disconformidad con
ciertos
aspectos
pertinentes
en su
artículo.
Que en el caso de ser aceptado el artículo, hará/n las oportunas correcciones en el
tiempo que se
estipule.
No existen compromisos ni obligaciones financieras con organismos estatales ni privados que puedan afectar el contenido, resultados o conclusiones de la presente publicación.
A
continuación, presento los nombres y firmas de los autores, que certifican la aprobación y conformidad con el artículo
enviado.
Autor principal
M. Sc. Cecilia Margarita Díaz Mullings
Coautores
Dr. C. Ana Gloria Rubié Cabrera
Dr. C. Rafael Bosque Suárez